Rosa Cendón, nuestra coordinadora de sensibilización e incidencia, compareció ayer en la Comissió d’Igualtat de les Persones del Parlament para hablar sobre la situación de las víctimas de trata en Catalunya. Su intervención ha tenido cierto impacto mediático y ha sido recogida por la Agencia EFE, que lanzó un teletipo a los medios y La Vanguardia, en su versión digital, lo ha publicado en su web. Tras leer la noticia en La Vanguardia, consideramos necesario hacer algunas aclaraciones para precisar quiénes somos, cómo trabajamos y a qué colectivo atendemos.
Según nuestra misión, ‘Adoratrices es una entidad religiosa de carácter social sin ánimo de lucro que presta atención a mujeres en situación de exclusión. En Catalunya, desarrolla desde 2002 el programa SICAR cat, que presta atención integral a mujeres víctimas de la trata de seres humanos (TSH) para su recuperación y la restitución de sus derechos. Además, realiza acciones de sensibilización y denuncia con el fin de contribuir al cambio social’.
Por lo tanto, SICAR cat no es una ‘ONG de las monjas adoratrices’ como dice la noticia, sino que es un programa de Adoratrices, entidad religiosa de carácter social sin ánimo de lucro. Por otra parte, en Adoratrices no hay monjas, sino religiosas. En el lenguaje común se usan ambos términos como sinónimos, pero en realidad, las monjas son las personas que viven en monasterios de clausura, dedicadas a la vida contemplativa. En cambio, las religiosas participan de manera activa en la sociedad.Una monja es religiosa y una religiosa no necesariamente es una monja.
En nuestro día a día, atendemos de manera integral a personas que han sido víctimas de trata con fines de explotación. Nosotras no las ayudamos ni hacemos caridad. Acompañamos sus procesos de recuperación desde el compromiso, la integridad, la acogida y la dignidad, y promocionamos su autonomía a través de la prestación de atención social, sanitaria, psicológica, jurídica y socio-laboral, … Reconocemos a las mujeres como sujetos de derechos con capacidades propias para reconstruirse.
La finalidad del delito de trata de seres humanos, tipificado desde 2010 en el Código Penal, es la explotación, que incluye varias tipologías, todas igual de graves. La mayoritaria entre nuestras usuarias es la sexual (no prostitución) pero no significa que tan sólo hablemos y atendamos ésta. En nuestro compromiso en la defensa de los Derechos Humanos de las víctimas de trata no hacemos categorías de víctimas en función de la explotación sufrida.
Para concluir, queremos resaltar que nuestra intervención de ayer, enmarcada dentro de una acción de incidencia, no pretendía ‘reprochar’ sino recordar la necesaria co-responsabilidad que exige el tema.
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